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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2023-02-27 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES / SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

(CVE 2278093)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

DESTINA A DON PATRICIO FERNANDO POWELL OSORIO, EMBAJADOR 1ª CATEGORÍA EXTERIOR, A PRESTAR SERVICIOS EN CHILE EN CALIDAD DE ADSCRIPTO

Núm. 201.- Santiago, 30 de junio de 2022.

Vistos:

El decreto Nº100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; el DFL Nº 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre el Estatuto Administrativo; el DFL Nº 33 de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que fija el Estatuto del Personal de dicha Cartera de Estado; la ley Nº 21.395, de Presupuesto del Sector Público correspondiente al año 2022; los decretos Nºs 2.154 de 1997 y 269 de 2017, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores; y la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que por decreto Nº 269, de 7 de diciembre de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se destinó al Embajador Sr. Patricio Fernando Powell Osorio, para que presente servicios como Embajador de Chile ante el Gobierno de Australia a contar del 12 de diciembre de 2017.

Decreto:

1. Destínase a prestar servicios en Chile, en calidad de Adscripto, al señor Patricio Fernando Powell Osorio (RUN Nº 8.316.524-3), Embajador, 1ª Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, a contar del 16 de julio de 2022, fecha desde la que dejará de desempeñar funciones como Embajador de Chile ante el Gobierno de Australia.

2. La persona antes individualizada pasará de la Planta "A" Presupuesto en Moneda Extranjera a la Planta "B" Presupuesto en Moneda Nacional.

3. Establézcase que el citado funcionario tendrá derecho a pasajes, para él y su grupo familiar, así como a percibir la asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales y la asignación de instalación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL Nº 33, citado en los vistos. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al Reglamento establecido en el decreto 2.154, de 1997, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

4. Por razones impostergables de buen servicio el presente decreto surtirá sus efectos desde la fecha antes indicada sin esperar su total tramitación.

5. Impútese el gasto que irrogue el presente acto administrativo al Subtítulo 21-04-001 del presupuesto corriente en moneda nacional; y al Subtítulo 22-08-007 del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores, del año presupuestario vigente.

Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- José Miguel Ahumada Franco, Ministro de Relaciones Exteriores (S).

Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.






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