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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1741500 2020


(CVE 1741500)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

NOMBRA A DON JORGE IVÁN ULLOA AGUILLÓN PARA QUE PRESTE SERVICIOS COMO EMBAJADOR DE CHILE ANTE EL GOBIERNO DE PARAGUAY

Núm. 169.- Santiago, 10 de octubre de 2019.

Vistos:

La Constitución Política de la República; el DFL N° 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834 sobre el Estatuto Administrativo; la ley N° 21.125 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2019; el decreto N° 2.421 de 1964, del Ministerio de Hacienda; el decreto 2.154 de 1997; el DFL N° 33 de 1979; los decretos N°s 39 y 168, ambos de 2019, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; las resoluciones 30 de 2015, y 6 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que mediante decreto N° 39, de 2019, de esta Secretaría de Estado, se aceptó la renuncia presentada por señor Flavio Eugenio Tarsetti Quezada, al cargo de Embajador 1 a Categoría Exterior, a contar del 1 de abril de 2019, de la Planta del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.
2. Que mediante decreto N° 168 de 2019, citado en los Vistos, el señor Mauricio Luis Ugalde Bilbao (RUN N° 6.656.565-3) cesa de prestar servicios como Embajador de Chile ante el Gobierno de Paraguay, a contar del 1 de noviembre de 2019.

Decreto:

1. Nómbrase al señor Jorge Iván Ulloa Aguillón (RUN N° 8.226.720-4), Embajador l a Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, a contar del 1 de noviembre de 2019.
2. Destínase al señor Jorge Iván Ulloa Aguillón (RUN N° 8.226.720-4), Embajador l a Categoría Exterior, de la Planta de Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que preste servicios como Embajador de Chile ante el Gobierno de Paraguay, a contar del 1 de noviembre de 2019.
3. La persona señalada deberá rendir la fianza legal establecida en el artículo 68 del decreto N° 2.421 citado en los Vistos, y contará con firma electrónica avanzada en calidad de titular de acuerdo a lo establecido en la resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la República.
4. Establézcase que el Embajador tendrá derecho, para él y su grupo familiar, a pasajes, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, asignación de establecimiento, y a percibir sus emolumentos en dólares desde 15 días antes de partir a su destinación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL N° 33 antes citado, ajustándose además al reglamento establecido en el decreto 2.154 de 1997, de esta Secretaría de Estado.
5. Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes individualizada asumirá sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
Impútense los gastos que este decreto genere, a los subtítulos 21.01.001 21.04.001
22.08.007, del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores del año presupuestario vigente.

Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.




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