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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 1737597 2020


(CVE 1737597)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Subsecretaría de Relaciones Exteriores

DESTINA A DON PATRICIO TORRES ESPINOSA PARA QUE PRESTE SERVICIOS COMO EMBAJADOR DE CHILE ANTE EL GOBIERNO DE BÉLGICA - UE

Núm. 154.- Santiago, 24 de septiembre de 2019.

Vistos:

La Constitución Política de la República; la ley 21.080 que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; lo dispuesto en el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.834 sobre el Estatuto Administrativo; la ley N° 21.125 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2019; el DFL N° 33 de 1979; los decretos N°s. 2.154 de 1997; 168 de 2016 y 140 de 2019, todos de esta Secretaría de Estado; las resoluciones N°s. 30 de 2015, y 6 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que mediante decreto N° 140 de 2019, fue adscripto el Embajador señor Raúl Fernández Daza, desde la Embajada de Chile ante el Gobierno de Bélgica - UE, a contar del 1 de octubre de 2019.
2. Que por decreto N° 168 de 2016, se dispuso la adscripción desde la Embajada de Chile en Japón, del señor Patricio Torres Espinosa.

Decreto:

1. Destínase al señor Patricio Torres Espinosa (RUN N° 5.894.805-5), Embajador, 1ª Categoría Exterior de la Planta del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que preste servicios como Embajador ante el Gobierno de Bélgica - UE, a contar del 16 de octubre de 2019.
2. La persona señalada deberá rendir la fianza establecida en el artículo 68 del decreto N° 2.121, de 1964, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 10.336 Orgánica de la Contraloría General de la República, contará con firma electrónica avanzada en calidad de titular de acuerdo a lo establecido en la resolución N° 30 de 2015, de la Contraloría General de la República, y pasará de la Planta B Presupuesto en Moneda Nacional a la Planta A Presupuesto en Moneda Extranjera.
3. Establézcase que el Embajador tendrá derecho a pasajes, para él y su grupo familiar, asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales, asignación de establecimiento, y a percibir sus emolumentos en dólares desde 15 días antes de partir a su destinación, todo de conformidad con lo establecido en el DFL N° 33 antes citado. Las condiciones de asignación de traslado de menaje de casa y efectos personales se ajustarán además al reglamento establecido en el decreto 2.154 de 1997 de esta Secretaría de Estado.
4. Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes individualizada asumirá sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
5. Impútese el gasto que corresponda a los Subtítulos 21-01-001, 21-04-001 y 22-08-007, del presupuesto corriente en moneda extranjera convertida a dólares del Ministerio de Relaciones Exteriores, del año presupuestario vigente.

Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Carolina Valdivia Torres, Ministra de Relaciones Exteriores (S).
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.




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