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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2012




Ministerio de Relaciones Exteriores
PROMULGA ENMIENDAS A LOS ANEXOS DEL PROTOCOLO DE 1978 Y DEL PROTOCOLO DE 1997 DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES 1973, MODIFICADO POR EL PROTOCOLO DE 1978
Núm. 248.- Santiago, 30 de septiembre de 2010.- Vistos: Los artículos 32, N°15, y 54, N° 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República y la ley 18.158.
Considerando:
Que el Comité de Protección del Medio Marino, MEPC, de la Organización Marítima Internacional, adoptó las Enmiendas de 2006, 2007 y 2008 a los Anexos de los Protocolos de 1978 y 1997 relativos al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, (MARPOL 73/78) mediante las resoluciones: MEPC.141(54), de 24 de marzo de 2006; MEPC.154(55), de 13 de octubre de 2006; MEPC.156(55), de 13 de octubre de 2006; MEPC.164(56), de 13 de julio de 2007; y MEPC.176(58), de 10 de octubre de 2008.
Que dichas Enmiendas se adoptaron en el marco de lo dispuesto en el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques y su Protocolo de 1978, (MARPOL 73-78), publicado en el Diario Oficial, el 4 de mayo de 1995, y de su Protocolo de 1997, que lo fue el 27 de marzo de 2008.
Que dichas Enmiendas fueron aceptadas por las Partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) f) iii) del Convenio de 1973, y que las mismas entraron en vigor para Chile el 1 de agosto de 2007, el 1 de marzo de 2008, el 1 de enero de 2010, el 1 de diciembre de 2008 y el 1 de julio de 2010, respectivamente, de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 2) g) ii) del Convenio de 1973,
Decreto:
Artículo único: Promúlganse las Enmiendas a los Anexos de los Protocolos de 1978 y 1997 relativo al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, (MARPOL 73/78) adoptadas mediante las resoluciones: MEPC.141(54), de 24 de marzo de 2006; MEPC.154(55), de 13 de octubre de 2006; MEPC.156(55), de 13 de octubre de 2006; MEPC.164(56), de 13 de julio de 2007; y MEPC.176(58), de 10 de octubre de 2008; cúmplanse y publíquense en la forma establecida en la ley N° 18.158.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Frank Tressler Zamorano, Consejero, Director General Administrativo (S).




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