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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES


DO 2009


Ministerio de Relaciones Exteriores
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
RECURSOS PARA ACTIVIDADES ANTÁRTICAS AÑO 2009
Núm. 34.- Santiago, 16 de febrero de 2009.- Vistos: La ley N° 20.314 sobre "Presupuesto del Sector Público para el año 2009"; el D.S. N° 495, de RR.EE., de 1998, que aprueba el Reglamento del Consejo de Política Antártica; el oficio ordinario N° 1.940, de 18.2.2009, del Ministro de Relaciones Exteriores, Presidente del Consejo de Política Antártica al Ministro de Defensa, que informa la distribución de los fondos destinados a las actividades antárticas, del Ejército, Armada, Fuerza Aérea de Chile y del Instituto Antártico Chileno para el año 2009, de acuerdo a la glosa presupuestaria 4 del presupuesto asignado al Instituto Antártico Chileno,
Decreto:
1. Autorízase al Instituto Antártico Chileno para que transfiera los fondos del Consejo de Política Antártica a los operadores antárticos para el año 2009, mediante los respectivos convenios de transferencias.
2. Los objetivos del Programa Antártico Nacional son resguardar y promover los derechos e intereses de Chile como país reclamante de soberanía antártica, financiando las operaciones y actividades de los operadores antárticos contempladas en el Programa Antártico Nacional y fortalecer la participación activa de los representantes chilenos y especialistas en los foros internacionales del Sistema del Tratado Antártico.
3. Asígnanse los recursos referidos anteriormente de acuerdo al siguiente criterio porcentual histórico: Ejército 12%, Armada 26%, Fuerza Aérea 32% e Instituto Antártico Chileno 30%.
InstitucionesM$
Ejército119.030.-
Armada257.897.-
Fuerza Aérea317.412.-
Instituto Antártico Chileno297.574.-
TOTAL991.913.-

4. Los recursos asignados son para financiar parte de las actividades de cada componente del Programa Antártico Nacional, de acuerdo al siguiente detalle.

5. Los organismos responsables de las diversas etapas de esta asignación de fondos son los siguientes:
- Institución responsable: Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Unidad encargada del programa: Comités Permanentes de Asuntos Generales y Financieros del Consejo de Política Antártica.
- Unidad encargada del manejo de los recursos Instituto Antártico Chileno, INACH
- Unidad responsable de la gestión presupuestaria: Departamento Antártica de la Dirección de Medio Ambiente, Antártica y Asuntos Marítimos de la Cancillería.
- Organismos involucrados en la operación del programa: Ejército, Armada, Fuerza Aérea e Instituto Antártico Chileno, INACH.
6. Los procedimientos de control serán los siguientes:
a) Entrega de los recursos por parte del Instituto Antártico Chileno:
1. La entrega de los fondos presupuestarios a los operadores antárticos, en adelante "las instituciones receptoras", deberá hacerse de acuerdo a un calendario acordado previamente entre el INACH y los operadores antárticos, conforme a la disponibilidad establecida por el Ministerio de Hacienda. Las instituciones receptoras que mantengan reintegros y/o rendiciones de cuentas pendientes, no podrán recibir nuevas transferencias de fondos.
2. Trimestralmente y/o hasta la ejecución total de los recursos transferidos, las instituciones receptoras deberán rendir cuenta de los gastos realizados, enviando los antecedentes al INACH en formato digital -vía electrónica-, sin perjuicio de toda otra documentación que el funcionario o entidad responsable de la rendición estime necesario incluir para justificar los ingresos, gastos e inversiones de los fondos respectivos. Asimismo, deberán enviar información a la Dirección de Medio Ambiente, Antártica y Asuntos Marítimos, sobre el avance y la ejecución de las actividades del Programa Antártico Nacional, para analizar la gestión, reorientar la utilización de los recursos y corregir las desviaciones.
3. Los fondos asignados deberán utilizarse completamente dentro del año calendario, teniendo como fecha tope el 15 de diciembre de 2009. El 30 de diciembre de 2009 se deberá enviar al INACH y a la Dirección de Medio Ambiente, Antártica y Asuntos Marítimos, la rendición de fondos anual en un formato único para los cuatro operadores antárticos. El saldo remanente o los fondos no gastados deberán ser devueltos al INACH de conformidad a lo estipulado en la Ley de Presupuesto.
4. Por razones excepcionales, las instituciones receptoras podrán ajustar los fondos asignados que estimen necesaria dentro de la misma actividad del componente para desarrollar eficientemente el Programa Antártico, informando de dicho ajuste al INACH y a la Dirección de Medio Ambiente, Antártica y Asuntos Marítimos.
b) Gestión presupuestaria del Departamento Antártica de la Dirección de Medio Ambiente, Antártica y Asuntos Marítimos:
1. Hacer el seguimiento y control de los informes parciales a que alude el numeral 6 a) 2. precedente, enviados por los operadores antárticos sobre la ejecución de las actividades antárticas, la gestión del presupuesto 2009 y los avances de los indicadores de gestión correspondientes a la Matriz de Marco Lógico del Programa Antártico Nacional.
2. Controlar y evaluar la gestión anual del Programa Antártico, verificar el cumplimiento de los indicadores de gestión e informar del resultado a la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda y al Comité de Asuntos Financieros del Consejo de Política Antártica dentro del primer trimestre de 2010.
Regístrese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Albert Van Klaveren Stork, Ministro de Relaciones Exteriores Subrogante.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Gonzalo Arenas Valverde, Embajador, Director General Administrativo.




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